Recientemente el Gobierno de España, a través del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas
urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y
la ocupación, recupera el derecho de los/as cuidadores/as no profesionales de las personas en situación de
dependencia de acogerse al convenio especial por el que, de manera gratuita, cotizarán en el régimen de la
Seguridad Social, asumiendo la Administración General del Estado la totalidad de los costes. Queda así
derogada la disposición por la que, hasta ahora, se hacía necesario contribuir económicamente con una
cuota mensual.
Para poder acogerse a este convenio, será necesario tener reconocida la prestación económica para
cuidados familiares y no profesionales que puede ser solicitada por el cónyuge o por los parientes por
consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco de la persona en situación de
dependencia legalmente reconocida.
EFECTOS:
• Si la prestación económica hubiera sido reconocida antes del 1 de abril de 2019 y se solicita dentro
de los 90 días naturales al 1 de abril de 2019, los efectos serán los de esta fecha.
• Si la prestación económica se reconoce a partir del 1 de abril de 2019 y se solicita dentro de los 90
días naturales siguientes a la fecha de reconocimiento, los efectos serán los de dicha fecha de
reconocimiento de la prestación económica.
• Si se solicita fuera de los plazos anteriores, los efectos del convenio se producirán en la fecha de la
solicitud.
FORMA Y PLAZO DE SOLICITUD:
Las solicitudes se presentarán en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o
Administración de la misma en el modelo correspondiente (TA_0040) o Solicitud de Alta en Convenio
Especial de Cuidadores no profesionales
Asimismo se podrá presenta a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando el servicio de
"Alta en Convenio Especial" ubicado en la siguiente ruta: Ciudadanos/Afiliación e Inscripción, que permite
realizar la solicitud por Registro Electrónico.
DOCUMENTACIÓN
Junto con la solicitud se presentará:
•Resolución de la prestación económica de la dependencia
•Documento identificativo del cuidador no profesional: DNI/NIE
•Documento identificativo de la persona dependiente: DNI/NIE