En primer lugar, has de ser cliente de una empresa comercializadora de referencia, tener una potencia contratada
en tu vivienda habitual igual o inferior a 10 kW y cumplir los requisitos de vulnerabilidad, establecidos en el Real
Decreto 897/2017.
El nuevo Bono Social establece 3 categorías de clientes vulnerables con diferentes requisitos:
1. Clientes vulnerables con un descuento1 en factura del 25%. Si se cumple alguno de estos requisitos:
A. Tener una renta conjunta anual en la unidad familiar que sea inferior o igual a estos límites:
1,5 veces el IPREM de 14 pagas, si no forma parte de una unidad familiar o si no hay menores en la unidad familiar.
2 veces el IPREM de 14 pagas, si hay un menor en la unidad familiar.
2,5 veces el IPREM de 14 pagas, si hay 2 menores en la unidad familiar.
Estos límites se incrementarán en 0,5 veces si algún miembro tiene una discapacidad mayor o igual al 33%, es víctima de violencia de género o víctima de terrorismo con certificado expedido por Servicios Sociales.
B. Que el solicitante o todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas con una pensión mínima por jubilación o incapacidad permanente.
C. Que pertenezcan a familias numerosas.
2. Clientes vulnerables severos con un descuento1 en factura del 40%. Se ha de cumplir alguno de estos requisitos:
A. Tener un nivel de renta familiar inferior al 50% de los límites señalados en el punto 1.A. anterior.
B. Los pensionistas del grupo B anterior, con renta conjunta de la unidad familiar inferior a 1 vez el IPREM de 14 pagas.
C. Ser familia numerosa con renta inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas.
3. Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social. Son quienes cumplen los requisitos para ser considerados vulnerables severos y además están siendo atendidos por los Servicios Sociales de una Administración que financia al menos el 50% del importe de su factura, lo cual deberá ser acreditado por los Servicios Sociales mediante el informe correspondiente.
1. Los descuentos están sujetos a un límite máximo de consumo de energía. Si se supera se aplicará el PVPC.